¿Qué es la Pensión Bienestar para Adultos mayores?
La Pensión de Bienestar para Adultos Mayores, implementada por el gobierno de México a través de la Secretaría de Bienestar, es un beneficio económico que busca contribuir al bienestar de mujeres y hombres mayores de 65 años en todo el país. Esta iniciativa tiene como objetivo principal la entrega de una pensión no contributiva, con el propósito de mejorar las condiciones de vida y garantizar el acceso a la protección social para este sector de la población.
El 2024 el gobierno de manera excepcional realizó el pago adelantado en Enero y Febrero correspondientes a los bimestres de de marzo-abril y mayo-junio, con motivo de la veda electoral por las elecciones que se realizaron en México el 02 de junio. Asimismo, recibieron pago adelantado también aquellos beneficiarios de la pensión Bienestar de personas discapacitadas y del programa de apoyo Bienestar de hijos de madres trabajadoras.
Calendario de Pagos Bienestar 2025 Adultos Mayores
Tabla de pagos Bimestral Enero-Febrero Pensión Bienestar 2025

- Ingrese al Calendario de Pagos Bienestar 2024 para Adultos Mayores segunda mitad del año
- Revise el Calendario de Pagos de todos los Apoyos del Programa Bienestar 2024
Monto de Pensión Bienestar para Adultos Mayores 2025
Este año el gobierno anunció el aumento del monto de la pensión Bienestar en 6 mil 200 pesos bimestrales.
Requisitos para recibir el beneficio
Podrán recibir la pensión todas las personas adultas mayores de 65 años de edad en adelante.
· Requisitos para Personas Solicitantes Adultas Mayores:
- Acta de nacimiento.
- Documento de Identificación vigente:
- Credencial para votar.
- Pasaporte.
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos oficiales.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia.
· Requisitos para Personas Adultas Auxiliares:
- Documento de Identificación vigente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia.
- Documento que acredite el parentesco según el Formato Único de Bienestar.
· Pago de Marcha:
- En caso de fallecimiento, la persona registrada como auxiliar recibe un Apoyo Económico de Pago de Marcha.
- Si no se designó a un auxiliar, el Comité Técnico puede determinar el otorgamiento bajo circunstancias especiales.
- El apoyo se emite al bimestre siguiente después de notificar el fallecimiento, siempre que la persona auxiliar no haya recibido apoyo posterior a la fecha del deceso del beneficiario.